viernes, 7 de noviembre de 2014

El doble voto en los circuitos plurinominales

El jueves 23 de octubre, el Tribunal Electoral (TE) anuncia una de dos decisiones, la anulación de elecciones para diputados en el circuito 4.1 o la anulación de la proclamación de los diputados Rogelio Baruco y Miguel Fanovich, aunque lo solicitado por el impugnante Florentino Ábrego fue la anulación de la elección, por lo menos yo no lo tengo claro hasta no ver el fallo publicado en el sitio web del TE.
Lo que sí deja claro el TE es que se realizarán nuevas elecciones y sin participación del ganador en buena lid, diputado Samir Gozaine, a quien ya este tribunal le entregó su credencial, ello pese a que el propio magistrado presidente Erasmo Pinilla expresara en entrevista televisiva del 12 de agosto, lo siguiente: “Los diputados electos en los circuitos plurinominales que no son impugnados, no se les puede entregar las credenciales porque la ley no da espacio para eso, aun cuando hay juristas que dicen que sí, yo sostengo que no hay tal… y quien diga que sí, que me diga qué norma autoriza al Tribunal a una cosa como esa.”
Pues sí, vaya a saber qué norma encontraron para entregar una credencial, que aunque bien ganada, era afectada por la impugnación mal estructurada (anulación total de la elección) y mucho peor fue la acción del TE en admitirla.
Si lo que el impugnante buscaba era demostrar si los diputados de gobierno, en ese entonces, usaron recursos del Estado y que estos le permitieron una ventaja sobre los oponentes, ¿por qué aceptó este tribunal la impugnación de nulidad total de la elección?, ¿qué tiene una cosa que ver con otra? Al tenor de la discusión política parece que se refiere a una misma causa, pero no es así.
Las consecuencias van llevando al TE a caer en el error de sellar los vacíos legales con entuertos y comportarse de forma política, es la inclinación del magistrado Eduardo Valdés Escoffery, al señalar recientemente que “los fallos emitidos en los circuitos plurinominales podrían reconsiderarse, pues aún se analiza si los candidatos del PRD participarán o no, ya que su voto se estaría contando dos veces”. O van todos o se excluye al PRD porque ya recibió una credencial. (tomado del Panamá América-24/10/2014).
El TE sigue hablando y actuando en términos estrictamente políticos. Cualquiera que sea la decisión que tome el TE no va a solucionar el tema de fondo democrático que subyace, corra o no corra el PRD, se ha propiciado la violación de la segunda garantía del sufragio, voto igualitario, según manda nuestra Constitución en su artículo 135.
Que un político, cualquiera que sea, trate de violentar las garantías constitucionales es cuestionable, pero que sea el propio TE el que lo propicie y lo aúpe es desdeñable.
Se pretende poner el supuesto derecho de los partidos, por encima de los derechos humanos de cada individuo, violentar el sufragio es violentar el derecho humano, el voto desigual otorgará 2 votos a más de 30 mil electores del circuito 4.1 que ya eligieron un diputado PRD y otros tantos de miles en los circuitos 9.1 y 2.1.
El voto plural es una práctica arcaica del pasado medieval, que otorgaba varios votos a quien tenía más tierra o era más cercano a la realeza. El criterio de un hombre varios votos, en el caso que nos ocupa 2, no tiene cabida en el sistema panameño, ni en su constitución, ni en el sinnúmero de cartas y tratados internacionales que guardan los derechos humanos.
John Stuart Mill, en su obra “El Gobierno Representativo”, lo dejó bien claro al señalar lo siguiente: “No hay igualdad en el sufragio allí donde el voto de un individuo aislado no tenga el mismo valor que el de otro individuo en la comunidad”.
El magistrado presidente Erasmo Pinilla, en su discurso de proclamación del Presidente de la República, nos recomendó a todos los panameños “volver sobre estas reflexiones una y otra vez, a lo largo de todo el quinquenio que iniciamos”. Hoy volvemos sobre estas mismas reflexiones que él nos dio cuando dijo en el mismo discurso “fue la confianza en el Tribunal Electoral lo que hizo que el panameño concluyera que ningún ardid es mejor que la determinación de cambiar las cosas, si hay fe y seguridad en los arbitrajes imparciales”.
Más allá de los elocuentes discursos, el magistrado presidente no debe comportarse como un político más, que hoy dice una cosa y mañana hace otra. Las futuras expresiones legales del TE deben venir de un profundo análisis con apego a la ley y la voluntad popular expresada en las urnas. Razonando que no existe democracia verdadera allí donde haga falta una de las cinco garantías fundamentales del sufragio.

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