jueves, 3 de enero de 2013

PRD LA LEY 28 DE DICIEMBRE DE 2007 LO DICE: El lunes 7 de enero será día puente del miércoles 9 de enero

Algunos aún no saben cómo planearse con relación al "día puente" que corresponde al 9 de Enero, conmemoración del Día de Los Mártires de 1964.

Este lunes 7 de enero será oficialmente "día puente", tras el texto de la norma que regula el hecho desde 2008.

De acuerdo con la ley, para efectos del descanso obligatorio de los días 9 de enero y 28 noviembre de cada año, cuando coincidan con un día martes o miércoles, se disfrutará ese descanso el día lunes anterior a la fecha. Este 2013, el 9 de enero cae miércoles.

Cuando coincidan con un día jueves o viernes, el descanso obligatorio se disfrutará el día lunes siguiente.

En 2008, año que entró a aplicarse por primera vez la norma, cayó miércoles 9 de enero y se corrió para el día lunes.

En aquella fecha se pagó como feriado el día 7 de enero y no el 9 y ese día se mantuvo la prohibición de venta de licor. En el día puente no hubo prohibiciones ni restricciones.

Norma 

Se trata de la Ley 70 de 28 de diciembre de 2007, que modifica el artículo 46 del Código de Trabajo sobre los días de descanso obligatorio.

La normativa fue aprobada en la presidencia de la Asamblea Nacional del PRD, Pedro Miguel González, en el gobierno de Martín Torrijos ( 2004-2009).

La Ley 70 de 2007, salida en Gaceta 25950 del miércoles 2 de enero de 2008, fue firmada por Torrijos el 28 de diciembre de 2007 junto a su ministro de Trabajo, Edwin Salamín.



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