Mediante un comunicado la Superintendencia del Mercado de Valores se pronunció con respecto al caso de Financial Pacific.
COMUNICADO
- La Ley del Mercado de Valores dota a la Superintendencia de amplias facultades, tales como inspeccionar, investigar, sancionar, intervenir, reorganizar y liquidar a los sujetos regulados, entre los cuales se encuentran las Casas de Valores.
Todas estas facultades han sido conferidas a la Superintendencia con el objetivo de que ésta pueda garantizar la transparencia del mercado, y proteger en debida forma a los inversionistas que depositan su confianza en las instituciones del mercado.
- Como consecuencia de hallazgos importantes en inspecciones realizadas a la empresa Financial Pacific, y en razón de posteriores denuncias presentadas por los representantes legales de la empresa, la Superintendencia del Mercado de Valores determinó una serie de medidas dirigidas a garantizar la salvaguarda del patrimonio de los inversionistas.
- En el caso Financial Pacific, una de nuestras decisiones adoptadas en virtud de las facultades contenidas en la Ley, fue decretar la Reorganización de la empresa.
Esta medida ha sido exitosamente aplicada en el pasado, como una manera de determinar de primera mano la situación de un regulado, e intentar corregir cualquier deficiencia que pueda atentar contra los intereses de los inversionistas y la estabilidad del sistema; es necesario precisar, que la reorganización no representa de ninguna forma una sanción para la empresa o sus administradores.
- La medida indicada en el punto anterior, fue objeto de amparo de garantías constitucionales ejercido por la representación legal de Financial Pacific, aduciendo supuestas violaciones al debido proceso. Como corresponde en un estado de derecho, nuestro equipo legal ha dado respuesta a los argumentos vertidos en dicho recurso legal ante la instancia judicial que le corresponde resolverlo.
- Indistintamente de la medida de reorganización, Financial Pacific, enfrenta en este momento múltiples investigaciones administrativas, las cuales derivan de facultades muy distintas a las de la reorganización. Es importante destacar, que estas investigaciones siguen su curso, ya que no se encuentran paralizadas debido al amparo admitido en la Corte Suprema de Justicia; tal como ha sido equivocadamente publicado en algunos medios de comunicación.
- En este momento coexisten tres acciones penales relacionadas al caso. Las dos iniciadas por Financial Pacific, han sido dirigidas contra una empleada de confianza y contra el ente regulador, así como algunos terceros. Confiamos que las autoridades competentes aplicarán la Ley objetivamente en las tres acciones.
- La Superintendencia del Mercado de Valores, tiene absoluta confianza de que el sistema financiero panameño no se verá afectado a la larga por un caso aislado como lo es Financial Pacific.
- Reafirmamos que el único interés que motiva nuestras acciones en este publicitado caso, es garantizar la eficiencia y transparencia del mercado de valores panameño y la salvaguarda de los recursos económicos de los inversionistas de Financial Pacific.
COMUNICADO
- La Ley del Mercado de Valores dota a la Superintendencia de amplias facultades, tales como inspeccionar, investigar, sancionar, intervenir, reorganizar y liquidar a los sujetos regulados, entre los cuales se encuentran las Casas de Valores.
Todas estas facultades han sido conferidas a la Superintendencia con el objetivo de que ésta pueda garantizar la transparencia del mercado, y proteger en debida forma a los inversionistas que depositan su confianza en las instituciones del mercado.
- Como consecuencia de hallazgos importantes en inspecciones realizadas a la empresa Financial Pacific, y en razón de posteriores denuncias presentadas por los representantes legales de la empresa, la Superintendencia del Mercado de Valores determinó una serie de medidas dirigidas a garantizar la salvaguarda del patrimonio de los inversionistas.
- En el caso Financial Pacific, una de nuestras decisiones adoptadas en virtud de las facultades contenidas en la Ley, fue decretar la Reorganización de la empresa.
Esta medida ha sido exitosamente aplicada en el pasado, como una manera de determinar de primera mano la situación de un regulado, e intentar corregir cualquier deficiencia que pueda atentar contra los intereses de los inversionistas y la estabilidad del sistema; es necesario precisar, que la reorganización no representa de ninguna forma una sanción para la empresa o sus administradores.
- La medida indicada en el punto anterior, fue objeto de amparo de garantías constitucionales ejercido por la representación legal de Financial Pacific, aduciendo supuestas violaciones al debido proceso. Como corresponde en un estado de derecho, nuestro equipo legal ha dado respuesta a los argumentos vertidos en dicho recurso legal ante la instancia judicial que le corresponde resolverlo.
- Indistintamente de la medida de reorganización, Financial Pacific, enfrenta en este momento múltiples investigaciones administrativas, las cuales derivan de facultades muy distintas a las de la reorganización. Es importante destacar, que estas investigaciones siguen su curso, ya que no se encuentran paralizadas debido al amparo admitido en la Corte Suprema de Justicia; tal como ha sido equivocadamente publicado en algunos medios de comunicación.
- En este momento coexisten tres acciones penales relacionadas al caso. Las dos iniciadas por Financial Pacific, han sido dirigidas contra una empleada de confianza y contra el ente regulador, así como algunos terceros. Confiamos que las autoridades competentes aplicarán la Ley objetivamente en las tres acciones.
- La Superintendencia del Mercado de Valores, tiene absoluta confianza de que el sistema financiero panameño no se verá afectado a la larga por un caso aislado como lo es Financial Pacific.
- Reafirmamos que el único interés que motiva nuestras acciones en este publicitado caso, es garantizar la eficiencia y transparencia del mercado de valores panameño y la salvaguarda de los recursos económicos de los inversionistas de Financial Pacific.
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