sábado, 25 de agosto de 2012

Alcaldía regula las chivas parranderas


Chivas parranderasUna sanción de B/.500.00 hasta la suspensión definitiva del servicio impondrá la Alcaldía de Panamá a las empresas propietarias de chivas parranderas, que violen el decreto número 2787 del 13 de agosto de 2012 que regula estas actividades recreativas o lucrativas. 
El decreto prohíbe el ingreso a las chivas parranderas y/o similares de menores de edad cuando en la misma se encuentren bebidas alcohólicas así como el tránsito por zonas residenciales destinadas a la localización de viviendas y el uso y colocación de equipos de sonido, videos o de diversión de cualquier naturaleza que produzcan ruidos que sobrepasen los límites establecidos por las legislaciones que regulan la materia.
Los corregidores podrán abordar en todo momento el vehículo con la finalidad de fiscalizar, verificar y garantizar el fiel cumplimiento del Decreto Alcaldicio que también reitera las sanciones en caso de que tiren basura a la vía pública, obstaculizan el libre tránsito vehicular y peatonal y el consumo de bebidas alcohólicas por parte del conductor y de las personas que representen a la empresa que presta el servicio de chivas parranderas.
Según el documento las empresas que prestan el servicio de chivas parranderas y/o similares que se encuentren operando únicamente con aviso de operación expedido por el sistema Panamá Emprende del Ministerio de Comercio e Industrias, tendrán un plazo de 60 días para solicitar los permisos correspondientes de acuerdo a lo establecido en el presente decreto.
El documento de 22 artículos además de las disposiciones comunes, se refiere a otros requisitos que deben cumplir quienes mantienen o inician esta actividad tales como las autorizaciones o registros, procedimientos para los permisos, las obligaciones que deben cumplir, las prohibiciones, fiscalizaciones y sanciones.

No hay comentarios:

Publicar un comentario