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miércoles, 19 de noviembre de 2014

Fallo del 4-5 se copió en otras dos decisiones del Tribunal Electoral

Los magistrados del TE afirmaron que no corregirán los fallos, ya que estos solo se rectifican en su parte resolutiva.


Demandas
  • Confusión: El circuito 4-5 integra los distritos de Boquete, Dolega y Gualaca, mientras que el circuito 4-6 lo conforman San Félix, Remedios, Tolé y San Lorenzo, en Chiriquí.
  • Distancia: La copia del fallo también se hizo en casos de impugnación para la Alcaldía y una representación de La Chorrera, ubicada en la décima provincia, distante del circuito 4-5, de donde se denunció la copia del texto.
  • Presión: Según Ana Gisselle Rosas y su defensor, los cambios a los fallos obedecen a la presión que recibieron los magistrados del Tribunal Electoral.

Fallos copiados de otros, dentro de los procesos de impugnación, obligaron a los magistrados del Tribunal Electoral a reconocer su “error”, aunque no piensan corregirlo.
Ayer, se conoció que parte del fallo del circuito 4-5, donde fue impugnado el exalcalde de Boquete, Manolo Ruiz, fue copiado textualmente dentro del fallo del circuito 4-6, en el que los Rosas se disputan la curul, además de los emitidos para la Alcaldía de La Chorrera y el corregimiento de Playa Leona, ubicado en ese distrito.
Esto lo denunció el abogado Sidney Sittón, representante de las candidatas impugnadas Ana Gisselle Rosas y Lilia Batista.
El abogado aseguró que se está elaborando un cuadro que revela los textos copiados y que será incluido dentro del recurso de reconsideración que llevará ante el Tribunal Electoral (TE).
“Creo que no hubo un error, hubo un horror que es muy diferente”, expresó el abogado.
Sin embargo, el TE informó que no modificarán los documentos, porque de acuerdo con el artículo 999 del Código Judicial, solo se rectifican los fallos en su parte resolutiva.
En los cuatro fallos relacionados por el error, su ponente fue el magistrado Heriberto Araúz, quien ha salvado su voto en algunas de las decisiones mediante las cuales se anularon elecciones.
Por ejemplo, en el circuito 7-1, donde el impugnado Carlos Afú volvió a ganar el pasado domingo.

jueves, 2 de octubre de 2014

En el día de hoy CD presentará ante la CIDH demanda contra el Estado

Representantes del partido Cambio Democrático acudirán a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para presentar una demanda. Abogados de CD sostienen que el organismo internacional tiene 30 días para pronunciarse sobre el caso, que implica otorgar todas las credenciales.


El Tribunal Electoral (TE) habría actuado como juez y parte en el proceso de impugnaciones que tramita, al emitir juicios políticos que no atañen a su compromiso ético y de imparcialidad, señalaron miembros del partido Cambio Democrático (CD).
Debido a ello, hoy miembros de CD encabezados por el presidente del colectivo, el exmandatario de la República Ricardo Martinelli, acudirán a la Comisión Interamericana Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA) para presentar una denuncia formal contra el Estado.
Para esto, Martinelli se reunirá con Emilio Álvarez Icaza, secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana, a partir de las 10:00 a.m. en su sede de Washington DC.
Además del exmandatario, participarán del encuentro el secretario general de CD, Rómulo Roux, el vocero del expresidente y del partido, Luis Eduardo Camacho. Por la parte legal están los abogados Sidney Sittón y Vittorio Corasaniti.
En este sentido, el abogado Sidney Sittón explicó que para hoy se tiene prevista una reunión con el secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana para entregar una denuncia formal contra el Estado panameño por violación de los derechos humanos y los derechos políticos consignados en el artículo 23 de la Convención Americana.
“Ello por el desconocimiento del Tribunal de los derechos y garantías fundamentales de los impugnados electos y proclamados por la voluntad popular”, manifestó el abogado.
Instruyó que inicialmente se está presentando una solicitud de medidas cautelares urgentes para que la Comisión Interamericana ordene la entrega de las credenciales de los diputados.
Esto también “porque el TE se resiste y debido a las situaciones irregulares que se han generado en las elecciones, pues cuando ya estaba implantada una demanda y contestación, la autoridad electoral consignó que estaba recabando pruebas y decretó acciones exhibitorias, en las cuales dijo que las partes impugnadas no podían participar, lo que es aberrante”.
Plantea que el Tribunal Electoral ha sido juez y parte en este proceso por actuar como investigador.
“Se ha tenido una serie de medidas cautelares que tendrán 20 días para pronunciarse y que el Estado debe acatar; luego, darle cupo a la demanda que pediría un resarcimiento millonario contra el Estado”, acotó.
Por su parte, el secretario Rómulo Roux anunció que acompañará al expresidente Ricardo Martinelli, pues se trata de una denuncia del partido, con el objetivo de que “se respete el debido proceso, las leyes y, sobre todo, se respete el derecho de los votantes”.
“Nos preocupa como partido que un tema tan importante se trate de manera irregular”, declaró Roux en Nex Noticias, y advirtió sobre la “actitud de ciertos magistrados, en especial, del magistrado presidente (Erasmo Pinilla), que está tratando de cambiar las leyes con el propósito de afectar al partido Cambio Democrático”.
Según el dirigente de CD, estas actuaciones dan a entender que hay un matiz político en las decisiones de algunos magistrados del TE. “Hemos hecho un llamado de alerta y pedimos que se falle en derecho. A la fecha, tenemos 11 diputados que no están ocupando sus curules”.
Según el magistrado del Tribunal Electoral Eduardo Valdés Escoffery, el expresidente Martinelli está en su derecho de interponer cualquier denuncia. “Todos los que consideren que sus derechos han sido vulnerados, lesionados, si lo consideran prudente o que sus asesores lo hayan aplicado”, destacó.
“Todos sabemos que cuando se administra justicia, por definición hay que darle la razón a uno y desconocérsela a otro”, apuntó el magistrado.
En la actualidad, 10 son los diputados del CD que enfrentan denuncias de impugnación en su contra.
Otros expertos en derecho señalaron que los asesores legales de CD deben tomar en cuenta que para acudir a la Corte Interamericana primero se deben concluir los procesos que se siguen a nivel interno.

miércoles, 1 de octubre de 2014

TE debe explicar el error hecho en acta presidencial

Abogados coinciden en que el Tribunal Electoral tiene que dar la cara por el acta presidencial que contiene una suma de votos equivocada. La falsedad del importante documento público incluso puede ameritar una investigación a lo interno del Ministerio Público


Detalles
  • 3 días después de la proclamación de candidato, es el periodo para impugnar.
  • 399 artículo del Código Electoral que establece las causales para impugnar las elecciones.
Error en la suma de votos era una
 causal para anular la elección
  • En su comunicado, la abogada Edna Ramos explica que el conteo erróneo de los votos ameritó la anulación de la elección presidencial. Hace referencia al numeral 2 del artículo 399 del Código Electoral que establece textualmente “Que el cómputo de los votos, consignados en las actas de las mesas de votación o en las actas de los escrutinios generales contengan errores o alteraciones”. En la misiva en la que Ramos solicitó una explicación a los magistrados del Tribunal Electoral, también cuestiona la falta de firmas por parte de los miembros de la Junta Nacional de Escrutinio así como de los representantes de los candidatos presidenciales por la libre postulación. En este punto, Rafael Benavides quien firmó el acta en representación del excandidato Juan Jované, aclaró que no era obligante que todos los representantes asistieran, aunque a todos les dieron la oportunidad de estar y firmar. Aparte, su comunicado cuestiona cómo entre tantas inconsistencias, el espacio para registrar observaciones permanece vacío, mientras que el Código Electoral establece en el artículo 172 que en las actas, además de los resultados totales del escrutinio, debe hacerse una breve relación de las incidencias formuladas por los partidos políticos, candidatos o sus representantes.
Los errores hallados en el acta que proclamó al presidente de la República, Juan Carlos Varela, y a su vicepresidenta, Isabel De Saint Malo, durante una consulta que le tomaría a la abogada Edna Ramos unos minutos, se ha convertido en uno de los descubrimientos más desagradables de la historia electoral.
Sin imaginar lo que encontraría, Ramos accedió al documento solo para cotejar una información que necesitaba en su rutina laboral, cuando descubrió que la suma de votos es incorrecta y encontró otras inconsistencias que, de acuerdo con el Código Electoral, ameritan una demanda de nulidad o impugnación a la elección presidencial. Y que no ocurrió, porque los errores pasaron desapercibidos para quienes suscribieron y revisaron el acta.
A pesar del llamado que hizo Ramos al Tribunal Electoral (TE), inmediatamente reconoció las fallas, en el TE aseguraron ayer que le corresponde a la Junta Nacional de Escrutinio (JNE) responder como “corporación electoral de carácter autónomo”.
Sin explicación lógica, a la suma de votos de la alianza El Pueblo Primero, conformada por el Partido Popular y el Partido Panameñista, se añadieron 38 votos, tal como lo revela el acta.
Los resultados adjudican 161,178 votos al Partido Popular y 563,584 votos al Partido Panameñista. Un total de 724,762 votos y no 724,724 votos que se describió como la cifra de la victoria presidencial.
Los resultados de la Alianza Unidos por más Cambios del Partido Molirena y el Partido Cambio Democrático también fueron trastocados.
El Molirena logró 98,519 mientras que Cambio Democrático obtuvo 483,309. Cifras que al sumarlas dan como resultado 581,828 y no 581,866, que es la cantidad de votos colocados en el acta.
Según los juristas consultados, es poco lo que se puede hacer con este descubrimiento. Ramos alertó de la situación en representación del Movimiento de Abogados Gremialistas (MAG) para que los magistrados den una explicación de los errores.
“Me percaté de una forma muy accidental. Nuestro llamado es para que se dé una explicación. Este es un documento que da fe pública”, dijo la abogada, quien asegura que no se ha hecho la queja para desestabilizar el país, sino para conocer cuál fue la “mecánica que se siguió” sin verificar manualmente.
Al igual que Ramos, el abogado Ernesto Cedeño coincide en que los magistrados del Tribunal Electoral le deben una explicación a la población, aunque la proclamación correspondió a la Junta Nacional de Escrutinio y el error no signifique un cambio de fondo al resultado de la elección.
“La Junta de Escrutinio hace la proclamación, pero el Tribunal Electoral nombró a ese personal y era responsable de capacitarlo”, expresó Cedeño. El Tribunal debió haber hecho notar algún error a la JNE, reiteró Cedeño.
Pero el abogado constitucionalista Miguel Antonio Bernal piensa que el error debe, no solo ser explicado, sino investigado por parte del Ministerio Público y no desestimar el hallazgo porque ya venció el plazo para presentar impugnaciones.
“El problema no es que se pueda impugnar, el problema es que deben primero investigar por qué razón nos dieron un acta que no corresponde a la realidad y cómo es posible que hayan caído en una falta de esta naturaleza”, dijo Bernal.
Agregó que “eso amerita una investigación exhaustiva y no la puede hacer el TE, porque ellos no pueden ser juez y parte. Le corresponde al Ministerio Público, eso lo dice la Constitución”.
Sin embargo, el jurista Cedeño opina que hay pocas posibilidades de una investigación por parte del Ministerio Público, porque los magistrados del TE poseen un fuero penal que solo puede levantarse por una decisión colegiada que está en sus propias manos.
Dudas del TE
Los errores en el acta presidencial revelados por parte del Movimiento de Abogados Gremialistas son considerados como otra de las faltas en las que ha incurrido el Tribunal durante el periodo electoral.
Según el abogado Sidney Sittón, representante legal en algunos procesos de impugnación, para estas audiencias se presentan informes de auditorías que no cuentan con un marco legal dentro de las funciones de los empleados del Tribunal Electoral.
Y tampoco se da a los procesos de impugnación el trámite que corresponde según el Código Electoral. El abogado aseguró que “los magistrados están violando la ley, se los hemos demostrado. Te lo resumo, el Tribunal Electoral no tiene rigor”.
Al menos Sittón ha encontrado una manera de sustentar sus quejas al TE, sin embargo, el error en el acta parece un asunto inexplicable.
A juzgar por el relato de Rafael Benavides, representante legal del excandidato presidencial por la libre postulación Juan Jované, quien fue uno de los signatarios del acta, aquel día ni siquiera se reportaron incidentes u observaciones de los candidatos.
Aunque Benavides dijo que desconoce sobre el comunicado divulgado por el MAG, opinó que el descubrimiento de las inconsistencias en el acta de la proclamación presidencial debe quedar como una experiencia para cuidar los resultados del principal cargo de elección popular.
“Se debe tener más cuidado para las futuras elecciones por respeto a la población panameña, que quiere que las elecciones sean de la manera más transparente posible”, puntualizó el dirigente político.

martes, 30 de septiembre de 2014

Reclaman explicaciones a Pinilla por "graves errores" en Acta de la Junta Nacional de Escrutinio

El Movimiento de Abogados Gremialistas (MAG), solicitó al Magistrado del Tribunal Electoral, Erasmo Pinilla explicar "graves errores de forma y fondo de los que adolece el Acta de la Junta Nacional de Escrutinio para Presidente y Vicepresidente de la República correspondiente a las pasadas elecciones generales celebradas el 4 de mayo de 2014".
 
La solicitud advierte que en la Sección 1 (Instalación de la Junta), no figuran las firmas de los miembros de la Junta Nacional de Escrutinio, situación que en su momento  hubieren dado lugar a la invalidez del acta.
 
Otras de las inquietudes es que en la Sección 6 (Total de Votos Válidos por partidos, candidato y alianza), se presenta un error aritmético o de cálculo.
 
El Movimiento de Abogados Gremialistas, destaca que en esta sección la alianza “EL PUEBLO PRIMERO” aparece con 38 votos de menos, mientras que la alianza “UNIDOS POR MÁS CAMBIOS” aparece con 38 votos de más.
 
En la Sección 7 (Cierre del Acta), no figuran las firmas correspondientes a los representantes de los candidatos de las casillas 6, 7 y 8, es decir, del FAD y de dos (2) de los candidatos de libre postulación, señalan en la carta. 
 
En la Sección 8 (Proclamación de los Candidatos Electos) aparece que la nómina ganadora obtuvo un total de votos válidos por 724,724, lo cual no se ajusta a la verdad, si las cifras que aparecen anotadas en la Sección 5 (Total de Votos Válidos por partido y candidato de libre postulación) se tienen como ciertas.
 
En la Sección 9 (Incidencias y Observaciones), no aparece observación alguna sobre las irregularidades arriba anotadas.
 
"Habida consideración que han vencido los términos de ley para la impugnación de dicha acta y, por ende, de las elecciones en ella plasmadas, nos limitamos a pedir una explicación y solicitar al Tribunal Electoral, responsable de la designación de los miembros de la Junta Nacional de Escrutinio, en lo sucesivo, se asegure que al menos uno de sus miembros sea Contador Público Autorizado para evitar errores tan elementales como los planteados",detalla la misiva enviada al TE. 
 
En el documento indica que "el acta final de la Junta Nacional de Escrutinio es el medio por excelencia para dar fe de los resultados de las elecciones para Presidente, máximo ejercicio de la voluntad popular y no media justificación alguna para desviar, cruzar o intercambiar la de esos 38 electores, si así fuere".
 
Los Abogados señalan que su petición tiene como objeto que el pueblo conozca cómo se intercambiaron esos 38 votos entre las 2 alianzas y por qué el sistema no funcionó correctamente y para que en el futuro, se conceda a la confección de tan sagrado documento, la solemnidad, dedicación y acuciosidad que amerita. 
 
Artículos mencionados en la solicitud de MAG
Artículo 2. El Poder Público sólo emana del pueblo y lo ejerce el Estado
Artículo 43. Toda persona tiene derecho a solicitar información de acceso público o de interés colectivo, así como para exigir su tratamiento leal y rectificación.
Artículo 142. El objeto del Tribunal Electoral es garantizar la libertad, honradez y eficacia del sufragio popular.
Artículo 143. Establece en su numeral 3, la función que tiene el tribunal a su cargo de reglamentar la Ley Electoral, interpretarla y aplicarla.

POLITICA: Con acta ‘chimba’ se proclamó a Varela

El Tribunal Electoral cometió “graves errores de forma y fondo” en el acta que proclamó a Juan Carlos Varela como ganador de los comicios de mayo pasado


Con acta ‘chimba’ se proclamó a Varela

Redacción | Crítica
El Tribunal Electoral cometió “graves errores de forma y fondo” en el acta que proclamó a Juan Carlos Varela como ganador de los comicios de mayo pasado, denunció la presidenta del Movimiento de Abogados Gremialistas (MAG), Edna Ramos Chue.
Ramos pidió al presidente del Tribunal Electoral, Erasmo Pinilla, que aclare varias irregularidades encontradas en el acta expedida por la Junta Nacional de Escrutinio.
La abogada gremialista enumeró, lo que denominó “inconsistencias” en el acta de proclamación como lo son, que no figuran las firmas de los miembros de la Junta Nacional de Escrutinio, en el acto de instalación.
Igualmente, señala que en el total de votos válidos por partido, candidatos y alianzas, se observa un error aritmético que da como resultado que la alianza “El Pueblo Primero” aparece con 38 votos menos y la alianza “Unidos por más Cambios”, aparece con 38 votos de más.
No media justificación alguna para desviar o intercambiar votos y se debe saber por qué el sistema no funcionó correctamente, señala la dirigente de los abogados.
En la sección correspondiente al cierre del acta, faltan las firmas de los representantes del candidato por el Frente Amplio por la Democracia (FAD), Genaro López, y de los candidatos por libre postulación Juan Jované y Gerardo Barroso.
En la sección 8, sobre proclamación del candidato electo, detalló que la nómina ganadora obtuvo 724,724 votos, lo que según Ramos Chue no se ajusta a la realidad, si se comparan las cifras que aparecen en la sección 5 del acta denominada “Total de votos válidos por partidos y candidatos de libre postulación”.
Para la dirigente abogadil, llama la atención que en la sección 9 sobre observaciones e incidencias, no aparece ninguna anotación sobre las irregularidades enumeradas.