El presidente de la República, Ricardo Martinelli sancionó la ley en la que se faculta al Ministerio de Comercio e Industrias (Mici) a aplicar medidas precautorias, como cierre temporal o definitivo de comercios, que incumplan la norma, en especial aquellos dedicados al expendio de bebidas alcohólicas.
La referida disposición, identificada con el número 2, establece nuevos mecanismos de vigilancia en el proceso de apertura al igual que en el desarrollo de la propia actividad comercial, debido a algunos excesos que en la actualidad se cometen en gran medida a la flexibilidad en la Ley 5 de 11 de enero de 2007 que hoy se modifica.
Dicha Ley, que entra en vigencia hoy, miércoles 6 de febrero de 2013, con su publicación en la Gaceta Oficial, incorpora novedades como convertir el Aviso de Operación en una declaración jurada, y establece entre los requisitos para obtener ese aviso cumplir con la zonificación establecida en el área donde operará el comercio.
Asimismo se incrementan las multas de 500 a 50 mil balboas que se aplicarán a quienes desatiendan las nuevas disposiciones, y se le otorga la potestad al Mici a llevar a cabo inspecciones previas a cualquier negocio dedicado al expendio de bebidas alcohólicas
No hay comentarios:
Publicar un comentario