martes, 15 de mayo de 2012

Martes, 15 de mayo de 2012 a las 6:31 pm Informe de Gabinete






Consejo de Gabinete da visto bueno para implementar la firma electrónica en Panamá




• Registro Público será la institución encargada de llevar a cabo el proceso




• Esta iniciativa permitirá desburocratizar el Estado, ahorrar en papel y agilizar los procesos


Con el propósito de otorgar celeridad, eficiencia y transparencia a la administración pública para mejorar la calidad de la relación del ciudadano con el Estado, el Consejo de Gabinete dio el visto bueno para que se le otorgue al Registro Público de Panamá las atribuciones de Autoridad Registradora y Certificadora de la Firma Electrónica para la República de Panamá.


Esta iniciativa es uno de los Imperdonables del Presidente y en su primera etapa se estima que estarán disponibles 100 mil firmas a nivel nacional tanto para el sector público como privado, explicó Abraham Carrasquilla, director del Registro Público y quien sustentó el proyecto de ley ante el Gabinete.






Con esta iniciativa –explicó Carrasquilla– se facilitará la tramitación expedita por medios electrónicos de los servicios gubernamentales evitando los procesos manuales y logrando una mejor articulación del manejo de la información entre las dependencias públicas.


Además se promoverá la reducción del uso del papel, lo cual redundará en una disminución de los costos de papelería y otros gastos asociados con su manejo que actualmente ocupan un renglón importante dentro del Presupuesto General del Estado. A nivel internacional, Panamá mejorará su competitividad -se logra un avance dentro de los parámetros del Doing Business- y se incentiva la atracción de inversionistas






Carrasquilla explicó que la firma electrónica goza de la misma validez legal que la manuscrita, tanto a nivel nacional como internacional y dijo que una de las principales modificaciones que tiene esta iniciativa es la transferencia de las facultades y atribuciones de registro y certificación electrónica del Ministerio de Comercio e Industrias al Registro Público de Panamá”, realizándose la migración de todas las funciones y atribuciones en materia de registro y certificación electrónica.



“Todas las instituciones podrán utilizar la firma electrónica o certificación electrónica y los particulares podrán contar con una firma electrónica calificada”, reiteró Carrasquilla.


Gabinete aprueba nueva ley orgánica para la Universidad Marítima Internacional


El Consejo de Gabinete aprobó un proyecto de ley en el que otorga una nueva ley orgánica a la Universidad Marítima Internacional de Panamá (UMIP).


La propuesta fue presentada por la ministra de Educación, Lucy Molinar, quien estuvo acompañada en su presentación por Víctor Luna, rector del referido centro de estudio que nació a la vida jurídica a través de la Ley 40 de 1 de diciembre de 2005.


Este reordenamiento, dijo el rector Lina, surge de la necesidad de adecuar la actual Ley Orgánica a los nuevos tiempos, encarar los retos que se avecinan en materia de desarrollo y capacitación marítima, sin perder el norte que es el ofrecer a la industria profesionales especializados en el área.


Con esta propuesta se equipara la Universidad Marítima Internacional de Panamá con el resto de las universidades oficiales al permitirle gozar del derecho a autogobernarse de manera plena con el propósito de cumplir con la misión de ofrecer a la sociedad profesionales altamente calificados mediante la innovación e investigación, promover la competitividad y el desarrollo del sector marítimo.



La iniciativa contempla la escogencia de sus autoridades a través del escrutinio interno en el que el voto del docente tendrá un valor del 50 por ciento mientras el de los estudiantes y el personal administrativo valdrá 25 por ciento cada uno.


La UMIP tendrá los órganos de gobierno con representación ante los estamentos universitarios. En su orden jerárquico:


a. Consejo Superior


b. Consejo General Universitario


c. Consejo Académico


d. Consejo Administrativo


e. Consejo de Investigación, Postgrado y Extensión


f. Junta de Facultad


g. Cualquier otro que sea creado conforme a lo establecido en el Estatuto Orgánico.






El Consejo Superior, que sería el máximo órgano de consulta y decisión, se reunirá como mínimo dos veces al año, y estará conformado por los siguientes miembros:


a. El ministro de Educación, quien lo presidirá.


b. El administrador de la Autoridad Marítima de Panamá, quien ocupará el cargo de


vicepresidente del Consejo.


c. El administrador del la Autoridad del Canal de Panamá.


d. El director ejecutivo de la Fundación Ciudad del Saber.


e. Un representante de la Cámara Marítima de Panamá.


f. El presidente de la Asociación Panameña de Oficiales de Marina.


g. Un representante de la Asociación Panameña de Derecho Marítimo.


h. El rector de la UMIP, con derecho a voz.


i. El contralor general de la República, con derecho a voz.


j. El secretario general de la UMIP, con derecho a voz, quien actuará como secretario del


consejo.














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